Compañeras y compañeros:
Como sabéis, ha salido la sentencia del Incremento (2% IPC previsto), desfavorable a los intereses de los trabajadores y trabajadoras del sector.
El incremento a aplicar en 2009 es, según la mencionada sentencia, el 1% (diferencial con el IPC pactado en convenio) y al final de año revisión al IPC Real a partir del 0%.
Desde CCOO consideramos inadmisible la postura y los argumentos, de dos de los tres magistrados. Como no podía ser de otra manera ante este atentado a los derechos de los trabajadores y las trabajadoras, se interpuso recurso al
Tribunal Supremo.
Hasta la Resolución del Tribunal Supremo es de aplicación la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.
El pasado 26 de octubre de 2009, la Comisión Paritaria, - con representación de TRANSCALIT, ACET y CCOO -, dispuso el registro y publicación de las TABLAS SALARIALES PROVISIONALES, como mandata el Convenio Colectivo, en su articulo 4º. En este acto dejamos clara nuestra posición, manifestando que nos damos por enterados de las TABLAS SALARIALES PROVISIONALES, re-afirmándonos en nuestra pretensión inicial, de aplicación del IPC previsto.
Así pues, las TABLAS SALARIALES PROVISIONALES que os hacemos llegar, no son producto de un acuerdo con la patronal, sino una imposición judicial, a la espera de la resolución del RECURSO planteado.
Sin embargo, la aplicación inmediata de estas TABLAS SALARIALES PROVISIONALES dará lugar a la correspondiente regularización de salarios sobre el 1% diferencial con el IPC, y sus atrasos, siempre de forma provisional, a la espera de la resolución del RECURSO planteado.
Como sabéis, ha salido la sentencia del Incremento (2% IPC previsto), desfavorable a los intereses de los trabajadores y trabajadoras del sector.
El incremento a aplicar en 2009 es, según la mencionada sentencia, el 1% (diferencial con el IPC pactado en convenio) y al final de año revisión al IPC Real a partir del 0%.
Desde CCOO consideramos inadmisible la postura y los argumentos, de dos de los tres magistrados. Como no podía ser de otra manera ante este atentado a los derechos de los trabajadores y las trabajadoras, se interpuso recurso al
Tribunal Supremo.
Hasta la Resolución del Tribunal Supremo es de aplicación la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.
El pasado 26 de octubre de 2009, la Comisión Paritaria, - con representación de TRANSCALIT, ACET y CCOO -, dispuso el registro y publicación de las TABLAS SALARIALES PROVISIONALES, como mandata el Convenio Colectivo, en su articulo 4º. En este acto dejamos clara nuestra posición, manifestando que nos damos por enterados de las TABLAS SALARIALES PROVISIONALES, re-afirmándonos en nuestra pretensión inicial, de aplicación del IPC previsto.
Así pues, las TABLAS SALARIALES PROVISIONALES que os hacemos llegar, no son producto de un acuerdo con la patronal, sino una imposición judicial, a la espera de la resolución del RECURSO planteado.
Sin embargo, la aplicación inmediata de estas TABLAS SALARIALES PROVISIONALES dará lugar a la correspondiente regularización de salarios sobre el 1% diferencial con el IPC, y sus atrasos, siempre de forma provisional, a la espera de la resolución del RECURSO planteado.
José Villares Barroso (Secretario General)
Ver tablas en el apartado salarios Aquí
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