Hoy se ha publicado en el BOE la Resolución 21 de octubre de 2009 SESS, el esperado desarrollo de la Orden TIN/971/2009 que recogía la compensación de gastos de transporte por CITACIONES, brevemente:
Por contingencia profesional se cubren todos los gastos como parte de la reparación del daño. Decreto 2766/1967.
Por contingencia común también se cubren los gastos generados por citaciones a exámenes de salud.
Por contingencia profesional se cubren todos los gastos como parte de la reparación del daño. Decreto 2766/1967.
Por contingencia común también se cubren los gastos generados por citaciones a exámenes de salud.
En el art. segundo se establece que las MATEPSS serán también entidades obligadas al abono de la compensación.
En el art. tercero deja claro que la autorización a transportes como taxi podrá derivar de criterio médico, pero también territorial, por la dificultad de desplazamientos y los horarios de los mismos.
En el art.4.2. recoge la compensación kilométrica (0.19 €) por uso de vehículo particular.
En el art. tercero deja claro que la autorización a transportes como taxi podrá derivar de criterio médico, pero también territorial, por la dificultad de desplazamientos y los horarios de los mismos.
En el art.4.2. recoge la compensación kilométrica (0.19 €) por uso de vehículo particular.
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