miércoles, 18 de noviembre de 2009

Vacaciones y bajas por enfermedad común

Queremos comunicaros, que la Empresa a empezado a proceder y a normalizar la aplicación conforme a la falta de disfrute del periodo vacacional de los trabajadores afectados como consecuencia de una baja laboral por enfermedad común antes del inicio de las vacaciones, acordadas previamente con el Comité de Empresa y La Empresa.
Como recordareis el Tribunal Supremo modificó la doctrina al respecto debido a la sentencia dictada por el Tribunal de Justícia de las Comunidades (STJCE) de enero del año en curso 2009 que interpretaba una Directiva de la Unión Europea que regula para toda la UE la normativa mínima en matéria de salud i seguridad en relación a la ordenación del tiempo de trabajo.

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